El concepto de educación especial está en nuestro vocabulario educativo como una necesidad de la que no puede desprenderse la escuela si en ella está escolarizado alumnado con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales. Esto es así desde hace muchos años y las políticas educativas se han preocupado por conocer y perfeccionar los mejores medios para que la educación especial fuese de calidad.
En este sentido se define la educación especial como: “Una forma de educación destinada a aquellos que no alcanzan o es improbable que alcancen, a través de las acciones educativas normales, los niveles educativos sociales y otros apropiados a su edad, y que tiene por objeto promover su progreso hacia estos niveles” (UNESCO, 1983, 30). A su vez, la Ley General de Educación española de 1970 definió la educación Especial como aquella educación que “tendrá como finalidad preparar mediante el tratamiento educativo adecuado, a los deficientes e inadaptados para una incorporación a la vida social, tan plena como sea posible en cada caso...” (MEC, 1970, título 1, cap VII, art. 49).
En estas definiciones se potencian las metas a conseguir por la educación, éstas en general se programan sin contar con los sujetos que han de conseguirlas porque se supone que todos los sujetos de una misma edad deben promocionar hacia cotas o metas iguales. Los programas educativos se plantean desde coordenadas externas al sujeto.
A partir del reconocimiento del derecho a la educación, es la persona y sus necesidades el punto de partida para toda acción educativa. Este hecho hace entender la realidad de la diversidad como elemento significativo de cada persona frente a la norma, y es hacia la diversidad donde debe de ir orientado el proceso educativo.
Desde este punto de partida se pone el acento en las Necesidades Educativas de los alumnos hacia las que hay que orientar la educación y la enseñanza. “La educación Especial deja de entenderse como la educación de un tipo de personas y deja de centrarse en los déficits de estas personas. Antes bien se entiende como el conjunto de recursos educativos puestos a disposición de los alumnos y las alumnas, que en algunos casos podrán necesitarlos de forma temporal, y en otros de forma más continuada y permanente” (M.E.C., 1989, 164).
A partir de la L.O.G.S.E., la educación se interpreta desde el principio de la igualdad de oportunidades, por lo que la educación especial es un aspecto de la escuela comprensiva. “El Sistema Educativo dispondrá de los recursos necesarios para que el alumnado con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, puedan alcanzar dentro del mismo sistema los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos” (L.O.G.S.E., art. 36).
El desarrollo de estas ideas precisa un cambio conceptual y actitudinal para poner la escuela y el desarrollo del currículum al servicio de las necesidades educativas del alumnado que siempre serán especiales si se conocen desde la diversidad.
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