Los países escandinavos son los primeros que pretenden llevar a la práctica la declaración de las Naciones Unidas de 1971, en la que se propone que los sujetos deficientes se integren en la sociedad “gozando en la medida que sea posible de los mismos derechos que los otros seres humanos”. Para su desarrollo parten del concepto de normalización, formulado por BANK-MILKENSEN (1959) como “la posibilidad de que el deficiente mental desarrolle un tipo de vida tan normal como sea posible”. A su vez NIRJE define este principio como: “la introducción en la vida diaria del subnormal, de unas pautas y condiciones lo más parecidas posibles a las consideradas como habituales de la sociedad”.
Este concepto practicado y difundido en Dinamarca, se extiende en toda Europa y América del norte. En 1972, WOLFENSBERGER, profundiza en su desarrollo y define este principio como “el uso de los medios lo más normativos posible desde el punto de vista cultural, para establecer y/o mantener comportamientos y características personales que sean de hecho lo más normativas posibles”.
La formulación de este principio parte del deseo de favorecer la vida del sujeto con deficiencia mental, para lo que se pretende compensar esta deficiencia. Su desarrollo genera una sensibilidad social y cultural hacia los sujetos, puesto que reconsidera a la persona a pesar de su situación de discapacidad.
Desde este planteamiento se incide en las situaciones que han de rodear a la persona para que ésta pueda tener la posibilidad de desarrollarse. Esto hace posible que a partir de la década de los 70 se convierta en principio de la política de igualdad para ciudadanía y en punto de partida para el desarrollo de la educación inclusiva.
El enfoque práctico desde el que se desarrolla este principio en la escuela, es a través de los principios de integración escolar, individualización de la enseñanza y sectorización de servicios.
|