La igualdad de oportunidades en educación ha sido entendida por las políticas internacionales como un paso de singular importancia para de defender los derechos de la persona. Estas políticas desarrollan los procedimientos para hacer efectivo este derecho desde la escuela comprensiva, fundamentada en los principios de normalización de servicios, integración escolar, individualización de la enseñanza y sectorización de recursos. Estos principios son recogidos por primera vez en nuestra legislación en la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI, 1982 ). Esta opción política se desarrolla en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E., 1990), haciéndolo explícito en capitulo V, dedicado a la educación especial, así como en los Reales Decretos que desarrollan la L.O.G.S.E.
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