Mejorar la enseñanza es una de las metas del Sistema Educativo, desde su promulgación y en su desarrollo. Así se desprende del titulo cuarto de la ley donde se describen los indicadores de calidad educativa y se articulan diferentes mecanismos para su puesta en práctica. A partir de la promulgación de la L.O.G.S.E., se siguen decretando otras normas para hacer patente este talante del legislador. En 1994, se publica un documento sobre “Centros educativos y calidad de enseñanza”, y en el título preliminar de la Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (L.O.P.E.G., 1995), se justifica la promulgación de esta ley porque los poderes públicos deben garantizar una enseñanza de calidad.
En este punto no entramos a estudiar el concepto de calidad educativa. Vamos a considerar el concepto de calidad desde la descripción que hace el legislador de los elementos importantes que deberá tener una enseñanza para que sea de calidad.
Recogemos del título cuarto de la L.O.G.S.E. los factores y elementos que van a favorecer la calidad educativa, porque, tal y como se establece en el artículo 55, son factores de atención prioritaria.
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